PERSONAS JURÍDICAS
Se incluyen a aquellas personas jurídicas que cumplan con al menos 1 de las siguientes condiciones:
- Compren dos (2) o más vehículos de una vez, sin necesidad de presentar títulos a su nombre.
- Compren un (I) vehículo presentando dos (2) títulos automotores patentados a nombre de la empresa. Dichos títulos NO pueden ser de remolques, semiremolques, tractores, tolvas, cosechadoras, acoplados, motos, embarcaciones, cuatriciclos ni ciclomotores. Solo pueden ser títulos de autos, pick-ups y/o camiones.
- Proveedores activos de Ford, pueden comprar uno (I) o más vehículos sin necesidad de presentar títulos a nombre de la empresa.
- Operaciones de leasing sin necesidad de presentar títulos.
- Operaciones de Compañías de Seguro (reposiciones de siniestros), se factura a nombre de la Cía. y la documentación la completa el Concesionario a nombre del siniestrado.
- Operaciones para sorteos, se factura a nombre de la persona jurídica y la documentación la completa el Concesionario a nombre del ganador del sorteo previa presentación del acta de sorteo ante escribano público.